[El expresidente cumplirá cinco meses de prisión. Fuente: Andina]
Luego de valorar los argumentos, el magistrado consideró que Vizcarra no tiene arraigo familiar ni laboral y tiene una alta probabilidad de que el acusado rehúya una sentencia.
El juez Jorge Chávez Tamariz, jefe del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional, decretó cinco meses de prisión preventiva contra Martín Vizcarra Cornejo, que está inhabilitado del Gobierno.
La resolución, dictada tras un extenso análisis de los presupuestos legales y procesales, se dio en el marco del proceso judicial que lo investiga por presunto cobro de 2.3 millones de soles en coimas de empresas constructoras durante su labor como gobernador regional de Moquea entre un período de 2011 hasta el 2014.
Al comienzo de la audiencia, el juez resaltó que la situación personal, profesional y familiar del expresidente no garantizaba que permanezca a disposición de la justicia. De acuerdo con el magistrado, no hay arraigo familiar, ya que detalló la vivienda que tiene la esposa e hijo menor de Vizcarra, ubicada en Moquegua, y él vive en Lima.
Esta situación fue interpretada como evidencia de la inexistencia de dependencia económica, pilar central en la determinación de un verdadero centro familiar conformado a su entorno más cercano.
El juicio central del tribunal resalta que el expresidente del Estado no tiene personas que lo representen en dependencia económica, no hay pruebas que lo demuestren y, en ese sentido, la posibilidad de un entorno familiar dispuesto a retenerlo en el país ante cualquier circunstancia de una sentencia es nula.
También, la falta de prueba sobre obligaciones de cotidianidad o lazos familiares fue analizada como un punto que aumenta el riesgo procesal.
Con respecto al arraigo laboral, el juez fue más enfocado al debatir sobre los documentos presentados por la defensa relacionados con supuestos contratos de asesoría con el partido Perú Primero.
El despacho determinó que los supuestos contratos se hicieron legales con posterioridad al requerimiento de prisión preventiva, es decir, no tienen credibilidad como un medio de prueba previo y vinculatorio.
De acuerdo con la opinión en la audiencia, se observó que son actividades genéricas, donde los informes no tienen detalles, nombres y resultados. La conclusión se tiene en cuenta en la empresa familiar vinculada a Martín Vizcarra, que es liderada por su esposa y registrada por sus hijas como socias fundadoras, lo que vuelve sospechosa la existencia de una relación laboral real.
La investigación hecha por el magistrado precisó que el comportamiento del condenado bajo la observación presenta actitudes ambiguas sobre su vivienda y desplazamientos. Si bien el juez reconoció la existencia de arraigo domiciliario, como el lugar de residencia identificado legalmente.
Hizo una amenaza de que esta figura puede flexibilizarse y no representa un impedimento fehaciente de fuga, más cuando ocurren otros tipos de arraigos sociales que aseguran sujeción al proceso. El punto central de la resolución es sobre la identificación de un riesgo de fuga y peligro procesal elevado.
De acuerdo con el juez, se debe considerar que la proximidad del pronunciamiento judicial definitivo y la inexistencia de vínculos familiares y laborales pueden causar sospechas y motivar a tener una conducta evasiva. El magistrado también dio importancia a que la investigación enfrenta graves acusaciones de corrupción , por lo cual la comparecencia judicial resulta imprescindible para el interés público.
En su resolución, Chávez Tamariz comunicó que la medida de coerción resulta proporcional y razonable debido a los cargos imputados al expresidente.
RADIO SENTIMIENTO
Redactado por Lucia Soria

