La reciente reforma del sistema de pensiones en el Perú ha desatado una ola de críticas, protestas ciudadanas y un intenso debate entre especialistas. [Foto: Composición RS]
El pasado 5 de septiembre el Gobierno oficializó el reglamento de la Ley N.º 32123, aprobada por el Congreso en mayo de 2024, que introdujo cambios significativos en el Sistema Privado de Pensiones (SPP). Entre las medidas más controversiales está la restricción para el retiro del 95,5% de los fondos de las AFP, una disposición que afecta principalmente a los afiliados menores de 40 años.
Desde la publicación de la norma, miles de ciudadanos han expresado su rechazo, argumentando que se trata de una medida que limita la libertad sobre sus propios ahorros previsionales. Muchos de ellos han salido a las calles en diversas movilizaciones exigiendo la derogación de la ley y solicitando, además, un nuevo retiro extraordinario de fondos de las AFP. El malestar ciudadano refleja una creciente desconfianza hacia el sistema previsional, que ya venía golpeado tras múltiples retiros autorizados en años anteriores.
La reforma establece que los afiliados que, al 25 de septiembre de 2024, tengan 40 años o más podrán optar por el retiro parcial de sus fondos. Sin embargo, quienes sean menores de esa edad estarán obligados a elegir, al momento de jubilarse, entre una pensión vitalicia o una pensión programada. Esta diferenciación generacional ha sido uno de los puntos más cuestionados, ya que limita la autonomía de un sector importante de trabajadores jóvenes que buscan mayor flexibilidad sobre sus ahorros.
Varios especialistas han compartido sus opiniones. David Tuesta, presidente del Consejo Privado de la Competitividad, sostuvo que permitir retiros masivos debilita la lógica del sistema de pensiones, pues se trata de un ahorro de largo plazo que garantiza ingresos en la vejez. En su visión, la eliminación del retiro del 95,5% devuelve al sistema su objetivo original. Por su parte, Aldo Ferrini, CEO de AFP Integra, reconoció que podría revisarse la medida y flexibilizar, al menos para ciertos grupos de afiliados.
El debate también ha girado en torno a las modalidades de jubilación. En el retiro programado, el afiliado distribuye su fondo en un periodo determinado, mientras que en la renta vitalicia una aseguradora gestiona el dinero y paga una pensión de por vida. Según Tuesta, la renta vitalicia funciona como un seguro basado en la esperanza de vida, mientras que el retiro programado otorga más libertad, aunque implica el riesgo de quedarse sin recursos al agotarse el fondo.
Otro aspecto polémico es la disposición que obliga a transferir los saldos no reclamados de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), diez años después del fallecimiento del afiliado. Estos montos se destinarán al Fondo Consolidado de Reservas (FCR). Para algunos analistas, esta disposición tiene un carácter expropiatorio y genera más desconfianza en los afiliados.
La reforma, lejos de generar consenso, ha abierto un debate nacional sobre la sostenibilidad del sistema previsional, la libertad de los afiliados y la necesidad de reformas estructurales más profundas.
RADIO SENTIMIENTO
Redactado por Bethzabel Chavez

